Según la publicación de un BOE extraordinario que se aplicará a partir de mañana lunes 18, los deportistas federados podrían acceder a una suavización de las restricciones de movimiento en su provincia.
Además, los DAR se unen a la normativa de los DAN para poder entrenar sin limitación horaria, siempre que sea dentro de su provincia.
Dichos deportistas podrán hacer uso de los CAR por orden de preferencia y con unas normas muy estrictas, en el momento en que la provincia donde esté el centro pase a fase 1.
Por lo que respeta a apertura de piscinas, de momento se restringe a zonas en fase 3, con restricciones de aforo del 30% y una persona por carril.
De la misma manera, se permitirá el inicio de competiciones profesionales y las no profesionales podrán emplear espacios cerrados para su entrenamiento.
En cualquier caso, las comunidades autónomas se reservan el derecho a modificar dichos límites.
El ejemplo es el caso de Catalunya, donde las limitaciones son las regiones sanitarias y no las provincias. En otras comunidades, el nombre adoptado es región básica de salud, u otras variantes.
En el caso de las zonas exclusivamente que pasen a la fase 2 (Formentera, La Gomera, la Graciosa y El Hierro):
Las personas de menos de 70 años podrán hacer deporte a cualquier hora del día, a excpeción de las 10:00 y las 12:00, y las 19:00 y las 20:00 horas, espacio dedicado a los mayores de 70 años.
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