Reclamar herencia en Cataluña. Pasos

¿Cómo funciona una herencia en Cataluña?

Para reclamar una herencia en Cataluña hay que conocer en primer lugar que el derecho sucesorio se rige por el Código Civil Catalán, y existen ciertas peculiaridades que le diferencian del derecho sucesorio estatal, concretamente en el artículo 451-5.

Antes de dar cualquier paso desde Grupo Hereda recomendamos aclarar cualquier duda a un abogado experto en reclamar herencias en Barcelona y en toda Cataluña.  Nuestro despacho atenderá su consulta gratis y sin compromiso.

HEREDAR EN CATALUÑA 

Cataluña cuenta con un derecho de sucesiones propio, y entre otras diferencias una de las más importantes es el reparto de la herencia.

Las reglas que se aplican serán muy diferentes dependiendo de la relación de parentesco entre la persona fallecida y los que están nombrados a heredar .

Por lo tanto, la ley de sucesiones catalanas distingue entre diferentes legitimados:

  • Descendientes directos : los hijos del fallecido.  En caso de que alguno de los hijos haya muerto antes que el fallecido o este haya sido desheredado, los siguientes en heredar serían sus descendientes (los nietos de la persona fallecida que tendrán la misma parte que tendría el hijo).
  • Ascendientes:  Ante la ausencia de hijos o nietos heredarán los padres y si estos también están fallecidos , el derecho de transmisión sería favorable para los abuelos del fallecido que deja la herencia. 

¿QUÉ PASA CON EL CÓNYUGE O PAREJA DE HECHO EN CATALUÑA EN UNA HERENCIA?

A diferencia del resto de comunidades españolas, en Cataluña ni la pareja de hecho ni el cónyuge tiene derecho a beneficiarse de la legítima, sólo serían los ascendientes o descendientes anteriormente nombrados. El cónyuge o pareja de hecho superviviente tiene derecho al usufructo universal de la herencia, excepto que estuvieran separados en el momento del fallecimiento.

¿Cuáles son los pasos a seguir para reclamar una herencia en Cataluña?

En primer lugar si eres uno de los herederos legitimados para heredar en Cataluña deberás recopilar cierta documentación para heredar 

  • Certificados:  de defunción , últimas voluntades y de seguros de vida si lo hubiese.
  • Si la herencia es a través de un testamento se acudirá al notario para aceptar la herencia. Este notario deberá estar sito en el mismo lugar donde residió el fallecido. En el caso de que no exista testamento se deberá realizar una declaración de herederos. 
  • Inventario de bienes: Exista o no testamento deberá solicitarse un inventario de bienes de la herencia, a través de este inventario se podrá conocer el patrimonio del fallecido así como sus deudas
  • Reparto de la herencia. Una vez presentada la documentación se repartirá la herencia entre los herederos siguiendo las pautas de reparto establecidas en Cataluña. Se respetarán siempre los herederos forzosos

¿Se puede desheredar en Cataluña?

Si se puede desheredar a un hijo en Cataluña pero al igual que en el resto de comunidades hay que demostrar ciertos supuestos: maltrato al fallecido, negarle alimentos a la persona que deja su herencia o a sus familiares, delitos graves como intento de homicidio, demostrar total ausencia de relación familiar o  que la persona a desheredar haya sido privada de patria potestad sobre su hijo. 

En el caso que los supuestos anteriormente no se cumplan, en Cataluña también existe la herencia llamada legítima, que es la cuarta parte de la masa hereditaria (por lo tanto tienen que heredar forzosamente un 25%). Hay que tener en cuenta que si durante su vida la persona fallecida hizo alguna donación en los últimos diez años previos a su muerte, estos bienes también se incluyen en el cálculo del bienes para la legítima. 

Otro punto a tener en cuenta es si existen deudas del fallecido, también computarán en el cálculo de la legítima en Cataluña.  Se le restará por lo tanto  las deudas y los gastos de última enfermedad y entierro, y se le suma el valor de los bienes que el causante hubiera donado durante los 10 años previos a su muerte.

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