Herencias con bienes en diferentes países ¿Cómo funcionan?

Tramitar una herencia puede ser una tarea complicada, sobre todo si interviene el elemento extranjero de sucesión transfronteriza (o internacional)

Tramitar una herencia puede ser una tarea complicada, sobre todo si interviene el elemento extranjero de sucesión transfronteriza (o internacional).  Existen diferencias entre esta situación que se da cuando intervienen elementos de distintos países: por ejemplo, el fallecido fue emigrante y vivía en un país distinto de su país de origen, sus herederos viven en otro país o los bienes que poseía se encuentran entre España junto con distintos países.

Los ciudadanos de la Unión Europea gozan de una libertad absoluta para trabajar y realizar sus vidas por todos los países que conforman esta Unión. Es por ello que cada día son muchas las personas que se trasladan a otro Estado miembro para estudiar, trabajar o fundar una familia. En consecuencia, cada año más de medio millón de familias son protagonistas de una sucesión transfronteriza.

Cuando hablamos de sucesiones entre distintos países, cada país puede disponer de autoridad jurídica para ejecutar la herencia  (por ejemplo, se puede hacer según las leyes del país de nacionalidad del fallecido y  del último país en el que residió). Incluso se pueden llegar a tener en cuenta las autoridades del país de nacionalidad del fallecido y las autoridades del último país en el que residió, e incluso que se apliquen las leyes de todos los países en los que tiene patrimonio la persona fallecida.

Por lo tanto, la dificultad para tramitar una herencia internacional es mayor cuanto más repartidos estén los bienes, ya que hay que conocer la jurisdicción de todos los países en tema de sucesiones y enfrentarse a las leyes de los distintos países, lo cual puede ser más costoso e incluso haber una ley incluso contradictorias en uno y otro.

La solución: el “pasaporte” europeo para las herencias transnacionales

Para unificar criterios, la Unión Europea aprobó el Reglamento número 650/2012. A través de este Reglamento ya existen unas normas que evitarán que haya que verse frente a múltiples leyes y derechos de cada país, sino que cualquier ciudadano perteneciente a la UE puede planificar su sucesión.

Además esta norma europea facilitará las resoluciones judiciales que tengan que ver con el derecho sucesorio entre cualquier país miembro.

 

Este Reglamento ha creado un tipo de “pasaporte” europeo: El certificado sucesorio europeo,  que funciona como un instrumento para que se pueda acreditar que cualquier ciudadano perteneciente a la Unión pueda ejercitar sus derechos y entre ellos concretamente en cuanto a las herencias y la sucesión estén en el país que estén.

Es importante que se aclare que este documento ha de solicitarlo la persona que lo necesite, no lo expide la administración sin solicitarse. Podrá ser solicitado por los herederos (además de los legatarios, los albaceas testamentarios y los administradores de los bienes del fallecido) con el fin de como anteriormente se ha comentado poder ejercer sus derechos en otro Estado miembro de la UE.

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