Cambia el nombre de tus propiedades

Como se cambia de nombre las propiedades de la herencia. Guía 2022

Una de las dudas más habituales que recibimos en Grupo Hereda entre los herederos es como se cambia de hombre las propiedades de la herencia. 

En primer lugar hay que tener en cuenta que es imprescindible que el heredero acepte la herencia y esta se haya adjudicado. Hará falta la recopilación de cierta información de la persona y seguir unos pasos que os detallaremos a continuación.

Es recomendable que en este proceso se cuente con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho sucesorio y herencias para que no se salte ningún trámite que complique el proceso o se pierda. En Grupo Hereda te asesoramos gratis.

PASO 1. Aceptación y Adjudicación de la herencia. 

Para cambiar la titularidad de una propiedad heredada primeramente habrá que aceptar la herencia, para ello será necesario la aceptación y firma ante notario. Puede ser que haya testamento o en el caso de que no haya testamento será necesario llevar a cabo la declaración de herederos 

Una vez aceptada se adjudicará la herencia. 

PASO 2. Pagar los impuestos correspondientes.

No se podrá cambiar de nombre las propiedades de la herencia si antes no se han pagado los impuestos. Los dos esenciales son el impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) y la plusvalía municipal.  Hay que tener en cuenta que el Impuesto de Sucesiones y Donaciones será diferente dependiendo de la Comunidad Autónoma y las bonificaciones también cambiarán. 

PASO 3. Recopilar documentación:

  • Escrituras originales de aceptación y adjudicación de herencia otorgada ante Notario. En ella deben aparecer especificadas la vivienda o viviendas que se heredan y se quiere cambiar el nombre.   
  • Declaración de herederos otorgada ante Notario (si el fallecido falleció sin testamento)
  • Acreditación de pago del impuesto de sucesiones 
  • Certificado de defunción 
  • Certificado de últimas voluntades
  • Certificado de seguros de vida si los hubiese 
  • Comunicación del pago de la Plusvalía. Se deberá hacer una comunicación por cada inmueble heredado junto con la referencia catastral correspondiente. 
  • Copia del DNI del fallecido y de los herederos 
  • Si el heredero es el cónyuge viudo deberá aportar el certificado de matrimonio

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PASO 4. Entregar la documentación en el Registro de la Propiedad correspondiente

Una vez reunida toda la documentación anteriormente detallada, se deberá entregar en el Registro de la Propiedad correspondiente lugar donde se encuentre la vivienda que pretendemos inscribir.

Habrá que informarse cuál es el Registro concreto, ya que existen ciudades que al tener más habitantes y por mayor extensión hay  más de un registro de la propiedad. Si necesitas saber cuál te corresponde rellena tus datos aquí 

PASO 5. Esperar confirmación del Registro de la Propiedad

Una vez recibida la documentación el Registro tendrá hasta 15 días para inscribir la vivienda o informar al solicitante en el caso de que exista alguna anomalía que impida el cambio de titularidad de la vivienda en herencia. 

PASO 6. Comprobar si el Registro ha inscrito mi vivienda

Para comprobar si se ha realizado correctamente el cambio de titularidad de la vivienda heredada, se podrá realizar fácilmente a través de una nota simple en el Registro de la Propiedad, se realizará a través del siguiente enlace . 

Si necesitas que Grupo Hereda haga todos los trámites por ti, nosotros nos encargamos de toda la gestión desde el principio hasta el final. Si además lo que te interesa es la venta de la herencia no dudes en contactar con nosotros, recibirás liquidez inmediata. 

Consulta Gratuita (34) 91 548 75 50    info@grupohereda.com

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