imagen comunidadciclismo
Estamos bastante cansados de la eterna lucha entre conductores y ciclistas. Una lucha absurda cuando existe una LEY que resuelve cualquier duda. Compartimos hoy un Extracto del Artículo 36 del Reglamento General de Circulación que no deja lugar a interpretaciones…. Así pueden y deben circular las bicis en carretera
1. Las bicicletas deben circular por el arcén de su derecha, si fuera transitable y suficiente para cada uno de éstos, y, si no lo fuera, utilizarán la parte imprescindible de la calzada.
3. Las bicicletas, que podrán circular en columna de a dos, orillándose todo lo posible al extremo derecho de la vía y colocándose en hilera en tramos sin visibilidad, y cuando formen aglomeraciones de tráfico.Pueden formarse pelotones compactos en fila de a dos.
4. En las autovías las bicicletas sólo podrán circular por el arcén, sin invadir la calzada en ningún caso. .
5. Las infracciones a lo dispuesto en el apartado 3 tendrán la consideración de graves, conforme lo dispuesto en el artículo 65.4.c) del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
Consulta el Reglamento Completo
Mayor claridad y control visual para los deportistas, independientemente del terreno o las condiciones meteorológicas…
Seguro que te ha pasado: sales de la T2 con el corazón a mil, pero…
Las enfermedades se ceban con uno de los hombres más potentes del circuito masculino y…
Nos despertamos con una noticia que cambia el tablero de juego: tras más de tres…
El galo busca romper este domingo una estadística inimaginable en alguien como él en una…
En un mercado donde algunos eventos buscan el gigantismo, la organización de Infinitri ha sido…