La Audiencia Nacional considera que las carreras de montaña son eventos diferentes a las de Trial Running. Así lo ha explicitado el ente que ha desestimado el recurso contra ese reconocimiento que presentaron las Federaciones de Montañismo de la Región de Murcia, Asturias, Cantabria, Islas Baleares y Castilla-La Mancha.
La RFEA define las carreras de Trail Running como “aquellas que tienen lugar en una amplia variedad de terrenos en un entorno natural en camp abierto principalmente fuera de la carretera”. Mientras que la definición que se usa para las carreras de montaña es que son “aquellas que se desarrollan por encima de los 2.000 metros de altitud, donde la inclinación media sea superior al 6% incluyendo partes con un 30% de inclinación. La dificultad de la escalada no puede ecveder del grado II”.
En cambio, el Consejo Superior de Deportes (CSD) define el trail running como carreras a pie en cualquier entorno o superficie, carreras de montaña, caminos, bosques, desierto, playas, asfalto si no supera el 20% del recorrido y otras superficies“, y las carreras de montaña aquellas “por baja, media y alta montaña, ya sea estival o invernal, realizándose el itinerario a pie en el menor tiempo posible y con el máximo respeto al medio natural”.
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